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Resolución sobre las restricciones a los derechos civiles de los/las docentes en Corea del Sur

publicado 25 julio 2011 actualizado 31 marzo 2017

El 6º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación en Ciudad del Cabo, Sudáfrica, del 22 al 26 julio de 2011:

Observando que:

  1. en 2010, 183 docentes afiliados al sindicato Korean Teachers and Education Workers Union (KTU o Jeon Gyo Jo) fueron acusados por la Fiscalía de Corea de haber hecho una donación personal a un partido político. Posteriormente, por instrucciones del Ministerio de Educación, los funcionarios locales de la educación tomaron medidas disciplinarias contra los docentes. A pesar de que el procedimiento judicial todavía no había comenzado, ocho docentes miembros de KTU fueron despedidos y otros 21 fueron suspendidos;

  1. en 2011, el tribunal decidió que a pesar de no haber pruebas de que los docentes inculpados se hubieran incorporado a un partido político, se les impuso una multa de 300.000 a 500.000 W (de 250 USD a 450 USD) con el argumento de que las donaciones personales constituyen una violación a la actual ley de funcionarios públicos;

  1. a finales de junio de 2011, la Fiscalía de Corea investigó y acusó a otro grupo de más de 1.400 docentes afiliados/as a KTU también de haber hecho donaciones a un partido político. Esta nueva medida destinada a prohibir que los docentes coreanos ejerzan sus derechos civiles y políticos como ciudadanos es una prueba más de la determinación del actual Gobierno de debilitar al sindicato de la educación KTU.

Recordando que:

  1. la jurisprudencia establecida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el artículo 2 del Convenio núm. 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación según el cual la libertad sindical debe garantizarse sin ningún tipo de discriminación basada en la ocupación [...] creencias, nacionalidad, opinión política, etc., no sólo para los trabajadores del sector privado de la economía, sino también a los funcionarios y empleados públicos en general;

  1. el artículo 80 de Recomendación OIT/UNESCO de 1966 relativa a la situación del personal docente establece que"Los educadores deberían tener libertad para ejercer todos los derechos cívicos de que goza el conjunto de los ciudadanos y ser elegibles para cargos públicos";

  1. el artículo 26 de la Recomendación UNESCO de 1997 relativa a la situación del personal docente de la enseñanza superior establece que " Al igual que todos los demás grupos e individuos, el personal docente de la enseñanza superior debe gozar de los derechos civiles, políticos, sociales y culturales reconocidos internacionalmente y aplicables a todos los ciudadanos";

  1. Corea del Sur, como Estado Miembro de la ONU, la OIT, la OCDE y el G20, tiene la obligación vinculante de respetar y proteger los derechos de los trabajadores y defender las normas internacionales del trabajo, específicamente, la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva.

Visto lo anterior, el Congreso Mundial da mandato al Consejo Ejecutivo, en cooperación con las organizaciones miembros, de

  1. solicitar al Gobierno de Corea del Sur que tome sin demora las medidas necesarias para:

  2. suspender todas las medidas disciplinarias impuestas a los docentes y a los dirigentes de KTU;

  3. reintegrar a los docentes miembros de KTU recientemente destituidos y suspendidos en relación con la acusación formal de dar donaciones a partidos políticos;

  4. suspender la acusación formal de 1.400 docentes;

  5. modificar su legislación para garantizar los derechos civiles y políticos de los empleados públicos, incluidos los docentes, de conformidad con la legislación internacional;

  6. garantizar que se permita a todos los docentes sindicalistas coreanos ejercer sus derechos de los trabajadores y sus derechos sindicales, así como sus derechos civiles y políticos fundamentales como ciudadanos.

  7. Hacer un llamamiento a todos los Gobiernos para que respeten los derechos de los trabajadores y los derechos sindicales de los/as docentes, de los trabajadores/as de la educación y de los empleados/as públicos, así como sus derechos civiles y políticos fundamentales como ciudadanos/as.