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Photo by Nathan Dumlao on Unsplash
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Declaración de política de la Internacional de la Educación sobre los derechos de matrícula

8.ª Conferencia de la Internacional de la Educación sobre Enseñanza Superior e Investigación

publicado 1 octubre 2012 actualizado 15 mayo 2024

1. La participación en la educación superior de toda persona cualificada para hacerlo es un derecho consagrado en el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:

"Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos."

2. La educación superior es un bien público que ha de beneficiar a toda la sociedad contribuyendo así al desarrollo social, cultural y económico.

3. Por lo tanto, es responsabilidad de los Estados promover y garantizar el derecho a la educación superior mediante una financiación pública suficiente para cubrir todos los costos de la educación. La educación superior se financia más equitativamente a través de fondos públicos generados por un sistema del impuesto a la renta de tipo progresivo.

4. Los derechos de matrícula, por el contrario, son derechos privados que pagan los usuarios, y que pueden distorsionar la misión académica de las instituciones educativas de la educación superior al suscitar la transformación de los estudiantes en consumidores y de los docentes en proveedores de servicios. La competencia entre las instituciones educativas para conseguir clientes de pago debilita la misión fundamental de la enseñanza y de la investigación de la universidad y desvía los recursos en gastos de comercialización, financiación, contratación y relaciones públicas.

5. Los derechos de matrícula ejercen un impacto desproporcionadamente negativo en las mujeres, las minorías y los grupos económicamente desfavorecidos.

6. La introducción y aumento de tasas de ingreso han generado un mayor nivel de endeudamiento de los/as estudiantes. Esta situación supone un impacto social y económico negativo. Los altos niveles de deuda también influyen negativamente en las decisiones estudiantiles a la hora de trabajar en determinados empleos relevantes para él o la estudiante pero de bajo salario. En consecuencia, la principal forma de ayuda financiera directa a los/as estudiantes, incluidos los subsidios de subsistencia, debe darse a través de subvenciones basadas en las necesidades.

7. En muchos lugares los/as estudiantes internacionales pagan matrículas universitarias extraordinariamente altas. Esta situación produce un serio impacto en la gran mayoría de los/as estudiantes de países menos desarrollados, quienes no pueden permitirse pagar esas matrículas.

8. No deberían cobrarse derechos de matrícula a los/as estudiantes. Cuando existan derechos de matrícula, Gobiernos e Instituciones deben comprometerse a reducirlos progresivamente con el objetivo final de suprimirlos en todos los sectores de la enseñanza superior. Los programas de ayuda financiera para los/as estudiantes deben brindar oportunidades para todos aquellos/as que estén académicamente cualificados/as para participar en la educación superior.

9. Los gobiernos y las instituciones deberán garantizar la supresión de todos los obstáculos a la participación, incluidos los financieros.